Esclavitud, propiedad y raza en la Constitución de Cádiz

En 1517 el P. Bartolomé de las Casas tuvo mucha lástima de los indios que se extenuaban en los laboriosos infiernos de las minas de oro antillanas, y propuso al emperador Carlos V la importación de negros, que se extenuaran en los laboriosos infiernos de las minas de oro antillanas. A esa curiosa variación de un filántropo debemos infinitos hechos (…)
Así arrancaba Jorge Luis Borges su cuento El atroz redentor Lazarus Morrel. Ciertamente, las consecuencias de la importación de esclavos africanos a América han sido y siguen siendo infinitas. Incluso este año 2020, dominado por la pesadilla del COVID-19, se ha visto seriamente mediatizado por el asesinato del afroamericano George Floyd el 25 de mayo en plena calle, a la luz del día y con no pocos testigos por parte del agente Derek Chauvin. A dicho abuso policial ha seguido una ola de protestas a lo largo de todo el país, así como el derribo de estatuas de figuras clave en la historia de Estados Unidos. Tal sería el caso de los presidentes y padres fundadores, George Washington y Thomas Jefferson —ambos propietarios de esclavos—; también del almirante Cristóbal Colón y el misionero San Junípero Serra. Una parte de América reniega de su propio pasado y, a la vez, pone su foco en él.
Teniendo en cuenta que una parte muy importante de América perteneció a la monarquía hispánica durante siglos, es también una buena ocasión para repensar nuestra historia. No pretendo, sin embargo, reparar en los tiempos de Colón e Isabel la Católica, ni siquiera en el Padre Bartolomé de Las Casas y su particular concepción de la filantropía. Resulta mucho más interesante detenerse siglos más adelante, en las Cortes de Cádiz que aspiraron a construir sobre los viejos cimientos de una monarquía patrimonial una sociedad de ciudadanos. Los diputados allí reunidos tuvieron que hacer frente a la guerra contra el invasor francés —eran los tiempos de la Guerra de la Independencia contra Napoleón, 1808-1814— y, a la vez, intentar llevar a la práctica política una de las grandes máximas del liberalismo, que todos los hombres (las mujeres todavía no) son creados iguales en derechos.
Efectivamente, las corrientes doctrinarias del liberalismo que se venían planteando desde el siglo XVII suponían una reafirmación de la dignidad personal del individuo frente a un viejo orden social de estamentos y privilegios. Estos fueron los planteamientos del inglés John Locke y del francés Barón de Montesquieu y son las raíces de la sociedad occidental actual. Ambos pensadores condenaron también de manera explícita en su obra la esclavitud, al ser ésta contraria al derecho natural. Y sin embargo, a la vez, defendieron la esclavitud de los africanos sin sentir que estaban cayendo en una contradicción. Se fundamentaban en ideas raciales que consideraban que se trataba de gente perezosa que no trabajaría de otro modo, pero también en el otro gran eje del pensamiento liberal: el de la propiedad. No se podía atentar contra este sacrosanto derecho de los explotadores de las colonias. De hecho, como señaló Montesquieu, sería contraproducente porque inevitablemente el precio del azúcar y otros productos exóticos se dispararían.
Más allá de estas contradicciones, el nuevo pensamiento revolucionario se encontró con valedores de la idea que todas las personas —independientemente de su género o su raza— deben ser jurídicamente iguales. Así, en la vecina Francia, la Sociedad de Amigos de los Negros consiguió la abolición de la esclavitud en sus colonias en el año 1794 (Aunque Napoleón la restableció en 1802). Y no deja de llamar la atención que Olympe Gouges, la autora de La Declaración de los derechos de la mujer y la ciudadana, fuese también una dramaturga favorable a la igualdad de los africanos.
Del mismo modo, en Cádiz se presentaron distintas sensibilidades con respecto a esta población de las colonias que había sido arrancada de África. Así por ejemplo, el geógrafo Isidoro de Antillón ya venía defendiendo desde 1802 el fin inmediato de la trata y la abolición gradual de la esclavitud. Aunque como diputado no conseguiría imponer su punto de vista, comenzaba a romper con una dinámica de tres siglos caracterizada por el silencio. Este silencio contrastaba con la legislación española centrada en la población india, abundante y protectora, aunque muchas veces sin efecto real.
El debate sobre la esclavitud en sí fue escueto y en el diario de sesiones apenas ocupa dos páginas, las referentes al 2 y 3 de abril de 1811, aunque cabe mencionar que es el mismo espacio que dedicaron para aprobar la abolición de la tortura, uno de sus logros más importantes. Por el contrario, en lo relativo a la esclavitud y la situación legal de los descendientes de africanos no se consiguió absolutamente nada. Ni siquiera se declaró el fin del tráfico transoceánico de esclavos, ya declarado en Gran Bretaña en 1807 en los tiempos del ministro William Pitt.
Todo el asunto generó una incomodidad importante en aquellas Cortes en las que por encima del ideal utópico de libertad se impuso el no menos liberal de propiedad, no se podía atentar contra los explotadores coloniales. Se llegó hasta el punto de que la propuesta del diputado José Miguel Guiridi Alcocer para discutir un plan de abolición progresiva de la esclavitud se tuvo que discutir en secreto y se dejó al margen del Diario de Sesiones para no incomodar a los potentados de la isla de Cuba, cuyas explotaciones dependían de la mano de obra africana. El asturiano Agustín Arguelles sí consiguió que se debatiese de forma pública, aunque muy brevemente, la posibilidad de abolición gradual. Nos queda, en todo caso, una intervención el 2 de octubre de 1811 por parte del diputado Mejía Lequerica, quien señaló que: «los esclavos son también hombres, y algún día la política, la justicia y la Religión Christiana enseñarán el modo en que deban ser considerados».
Así, la Constitución de Cádiz, aprobada el 19 de marzo de 1812, dejaba explícitamente en su artículo 22 al margen de la ciudadanía a la población de origen africano y no abolía la esclavitud. El episodio resulta bastante revelador a la hora de juzgar el racismo con una perspectiva histórica y se puede sacar una conclusión: que el racismo es económicamente rentable para una minoría que priva a un sector de la población de su calidad de igual para enriquecerse a costa de su trabajo y pudrir la sociedad.
Bibliografía consultada
ÁLVAREZ ALONSO, Clara (1995), “Libertad y Propiedad, el primer liberalismo y la esclavitud”, Anuario de historia del derecho español, nº 65, pp. 559-584.
PETIT, Carlos (2014), “Negros y mulatos. Españoles de ambos hemisferios”, Historia Constitucional, nº 15, pp. 155-204.
VILA VILAR, Enriqueta (2011), “La gran omisión en la Constitución de 1812: la esclavitud africana”, Boletín de la Real academia Sevillana de Buenas Letras: Minervae Baeticae, nº 39, pp. 107-120.
Manuel Alvargonzález Fernández